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Autora de más de cincuenta publicaciones especializadas en materia tributaria.

Publicaciones de artículos en revistas especializadas de Derecho financiero y tributario, sobre temas de actualidad o trascendencia tributaria como la repercusión de las normas sobre prejudicialidad penal en los procedimientos inspectores y sancionadores, los impuestos contrarios al Derecho de la Unión Europea, la responsabilidad solidaria por las sanciones tributarias del emisor al receptor de facturas falsas, la suspensión sin garantías, la culpabilidad y otros principios penales esenciales en la imposición de las sanciones tributarias, los fraudes de IVA en cadena o carrusel, la ilicitud en el acto gravado, la revocación en materia tributaria, el procedimiento de la extensión de efectos, la profesión de asesor fiscal, o los tributos con fines no fiscales.

Publicaciones de libros.

Publicaciones de comentarios de sentencias en revistas científicas.

Publicaciones de capítulos de libros, en obras colectivas junto con catedráticos y profesores de Derecho financiero y tributario.

Publicaciones de conferencias, junto a conferencias de magistrados especialistas de lo contencioso-administrativo, profesores de Universidad, magistrados del Tribunal Supremo y abogados.

Publicaciones mensuales en mi blog, al que puedes suscribirte sencillamente pinchando aquí.

 

Mis publicaciones

Por si pudieran ser de tu interés, aquí dejo enlaces o referencias a algunas de mis publicaciones:

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  • La deriva de la responsabilidad tributaria, Análisis del origen, función y contenido del art. 42.2.a) de la LGT, a efectos de su utilización en la defensa de procedimientos tributarios de derivación de responsabilidad. Prologado por el ex magistrado del Tribunal Supremo don Manuel Vicente Garzón Herrero. Noviembre 2020. Thomson Reuters Aranzadi. Ver más en el apartado Mi libro de esta web. Se puede adquirir en librerías especializadas y en la propia Editorial Aranzadi, con descuento pinchando aquí.
  • «Responsabilidad civil ex delicto fiscal», Revista de contabilidad y tributación del CEF núm. 452, noviembre 2020.
  • «El Tribunal Supremo unifica doctrina sobre la paralización de actuaciones inspectoras por prejudicialidad penal», Quincena Fiscal 6, 2017, págs. 23-40.
  • “Al receptor de facturas falsas, ya sancionado por dejar de ingresar utilizando éstas, no cabe derivarle la responsabilidad solidaria en el pago de la sanción impuesta al emisor”, Quincena Fiscal Aranzadi 6/16. Un artículo en el que se expone cómo ha vencido en nuestros Tribunales de Justicia la tesis que sostenía que no es posible exigir a una entidad receptora de facturas falsas o con datos falseados, que ya ha sido sancionada por utilizarlas para mermar su deuda tributaria, una responsabilidad de naturaleza solidaria de acuerdo con la Ley General Tributaria, para tratar de cobrar así las sanciones impuestas a la entidad que emitió dichas facturas. Al receptor de facturas falsas, ya sancionado por dejar de ingresar utilizando éstas, no cabe derivarle la responsabilidad solidaria en el pago de la sanción impuesta al emisor. Comento la Sentencia del Tribunal Supremo, Sala Tercera, de lo Contencioso-administrativo, Sección 2ª, de 6 de Julio de 2015, dictada en recurso de casación para la unificación de doctrina 3418/13, interpuesto por la Administración General del Estado contra la Sentencia dictada el 29 de mayo de 2013 por la Sala de lo Contencioso-Administrativo (Sección 1ª) del Tribunal Superior de Justicia de las Islas Baleares en el recurso 260/12, de la que es ponente don Joaquín Huelín Martínez de Velasco.
  • «El análisis de las facturas falsas en un proceso penal por delito fiscal impide que al receptor de las facturas se le derive la responsabilidad del emisor de las mismas». Reflexiones acerca de la improcedencia de declarar responsable solidario -Ex Art 42.1.A) LGT- al receptor de facturas falsas imputado por delito fiscal respecto de la sanción impuesta al emisor de la factura, Revista Técnica Tributaria 108, marzo 2015, págs. 165-186.
  • “Problemas de prejudicialidad penal. Indicios de delito en un impuesto y ejercicio, ¿pueden paralizar los procedimientos de comprobación respecto de otros impuestos nacidos respecto de los mismos hechos, sobre los que no se ha pasado el tanto de culpa?”, Boletín de Crónica Tributaria 3/2010, 17 mayo 2010, páginas 57 y ss.
  • “La reducción de la base imponible en IRPF por pensiones compensatorias y anualidades por alimentos”, en Revista de Contabilidad y Tributación del CEF núm. 323, 2010; págs. 81-98. ISSN 11389540
  • “¿Quiere realmente el Supremo acabar con la extensión de efectos en materia tributaria?”, Quincena Fiscal Aranzadi núm. 18/2009, págs. 15-30.
  • “Posibilidades de defensa que ofrecen los principios en los procedimientos sancionadores tributarios. Notas a propósito de la más reciente jurisprudencia en derecho sancionador tributario”, Revista de Contabilidad y tributación del CEF num. 307, octubre 2008, págs. 69-112, ISSN 11389540
  • “La solución española a los fraudes carrusel: responsabilidad subsidiaria del adquirente por el IVA no ingresado en la cadena”, Crónica Tributaria 123/2007, pp. 149-169
  • “Estrategias en la lucha contra los fraudes del IVA”, Quincena Fiscal Aranzadi núm. 3-4/2007.
  • “Sobre la norma de la prorrata en el IVA declarada contraria al Derecho comunitario: aún hay plazo para recuperar los ingresos firmes”, Revista Interactiva de la Asociación Española de Asesores Fiscales 32/2006
  • Fraudes de IVA en cadena, actividades ilícitas, Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas y Anteproyecto de Ley de Medidas para la prevención del Fraude Fiscal”, Quincena Fiscal Aranzadi 10/2006, pp. 39-48.
  • “La revocación en materia tributaria», Diario de Jurisprudencia 2139, año XII, de EL DERECHO EDITORES, p. 1-3, 25 mayo 2005;
  • “Hacia una deontología del asesor fiscal”, Revista Crónica Tributaria 110, 2004, pp. 107-117.
  • “Los tributos con fines no fiscales”, Revista de contabilidad y tributación del Centro de Estudios Financieros n.183, 1998, pp. 9 a 21.

 

Durante varios años, he comentado sentencias del Tribunal de Justicia de la Unión Europea para el Instituto de Estudios Fiscales del Ministerio de Hacienda:

En http://www.ief.es/recursos/publicaciones/derecho_financiero/FI_autores.aspx#28

Algunos de sus comentarios de sentencias han sido seleccionados por la Revista Crónica Tributaria del Instituto de Estudios Fiscales del Ministerio de Hacienda, para su publicación y difusión:

En http://www.ief.es/documentos/recursos/publicaciones/revistas/cron_trib/ResumenAutores.pdf

Otros comentarios de sentencias del TJUE han sido publicados por la Revista Noticias de la Unión Europea:

  • “El TPI confirma que Gibraltar cuente con un régimen tributario propio y diferente del británico sin que ello signifique una ayuda de Estado incompatible con el Tratado (Comentario de la STPI – Sala tercera ampliada – de 18 de diciembre de 2008, As. T-211/04 y T-215/04)”, en Noticias de la Unión Europea, Wolters Kluwer, ISSN 1133-8660, nº 308, 2010 (Ejemplar dedicado a: La tributación medioambiental en Cataluña), págs. 139-145.

También he comentado sentencias de actualidad y relevancia tributaria, sola o con autores de prestigio como el magistrado Francisco José Navarro Sanchís:

  • “La Audiencia Nacional declara que la Inspección realiza una interpretación del concepto de residencia contraria a la Directiva europea, sin que para alcanzar esta conclusión sea necesario plantear cuestión prejudicial ante el Tribunal de Luxemburgo. Comentario a la Sentencia de la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional (Sección Segunda), de 25 de noviembre de 2010, nº de recurso 331/07, ponente Iltmo. Sr. Don Francisco José Navarro Sanchís”, en Noticias de la Unión Europea, Wolters Kluwer,  ISSN 1133-8660, nº 323, 2011, págs. 141-148.
  • “Suspensión sin garantías en la vía judicial cuando el obligado tributario que recurre está en concurso. A propósito del Auto de la Audiencia Nacional de 17 de noviembre de 2009, en Revista de Contabilidad y Tributación del CEF num. 328, 2010; ISSN: 1138-9540, págs. 55-74.
  • “El recargo por declaración extemporánea sin requerimiento previo no puede cobrarse en todo caso. A propósito de la Sentencia de la Audiencia Nacional de 22 de octubre de 2009”, en Quincena Fiscal Aranzadi núm. 1/2010-2/2010, págs. 113-122. ISSN 11328576;

He escrito capítulos en obras colectivas de la editorial Aranzadi, Marcial Pons o el Consejo general del Poder Judicial:

  • “Base liquidable y reducciones”, en El impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, Thomson Aranzadi, 2009, Teodoro Cordón Ezquerro (dir.), José Antonio Rodríguez Ondarza (dir.), Javier Galán Ruiz (coord.), Manuel Gutiérrez Lousa (coord.), http://dialnet.unirioja.es/servlet/libro?codigo=483633
  • “Los tributos propios de las Comunidades Autónomas. Su papel en el actual sistema de financiación autonómica”, en La financiación autonómica en los Estatutos de Autonomía, Marcial Pons, Madrid 2007. Dir. Ana María Pita Grandal. Coord. Jaime Aneiros Pereira.

He obtenido reconocimientos por instituciones de prestigio de nuestro país, como el Centro de estudios Financieros o la Asociación Española de Asesores Fiscales:

  • Accésit en la XVIII Edición del Premio del Centro de Estudios Financieros (CEF) 2008, en su modalidad de tributación, por el trabajo “El gravamen de lo ilícito. Aplicación práctica de la solución propuesta a los distintos impuestos desde nuestro Derecho positivo”. Ver en http://www.cef.es/jurado-premio-estudios-financieros-2008.html
  • Mención Especial del jurado de la XV edición del premio de la Asociación Española de Asesores Fiscales (AEDAF) 2005 por el trabajo “Efectos tributarios de la impugnación de los efectos perjudiciales para la masa activa tras la ley concursal”.

He aquí algunas apariciones en prensa de mis conferencias:

  • La misión y responsabilidad del asesor fiscal: su función frente al cliente y a la sociedad, en el Instituto Peruano de Derecho tributario, Lima (Perú); disponible en http://www.ipdt.org/conversatorios/642

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Hay muchos abogados en Madrid, pero pocos especializados en procedimientos y recursos frente a la Agencia Tributaria. No es lo mismo un abogado de divorcios que un despacho de abogados de Madrid que se dedique a problemas surgidos por la declaración de la renta o IRPF, por el impuesto de plusvalía, por el hecho de ser declarado responsable tributario, por haber sufrido una inspección de Hacienda y no saber cómo recurrir multa. Para cuestiones como una derivación de responsabilidad, la devolución plusvalía, el céntimo sanitario, es preferible un despacho abogados que se dedique en exclusiva a la materia tributaria. Como abogada Majadahonda ofrezco un servicio personalizado, accesible, cercano y profesional.

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