Salud y libertad

Es cuestión de salud, democrática

Salud y libertad. En nuestro país y en muchos de los países del planeta, se plantea actualmente la difícil elección entre la salud y la libertad. A mi juicio, la disyuntiva no existe, dicho esto siempre en términos jurídicos y desde mi profunda creencia en la libertad de expresión, como derecho fundamental de la ciudadanía. Pienso que, en realidad, estamos ante un problema de salud, de salud democrática.

Parto de la premisa de que los ciudadanos somos o debiéramos ser soberanos de nuestra vida. Y también de lo que se llama en Derecho la inexorabilidad de los mandatos jurídicos, es decir, que el Derecho está para ser cumplido. Pero creo también que, cuando la desinformación campa por sus anchas, la manipulación es una evidencia y la incertidumbre el pan nuestro de cada día, quienes establecen las normas deben aportar las razones para que la obediencia que exigen, sea justificada. Y estoy de acuerdo con quienes afirman que, si se sacrifican libertades, no hay seguridad, porque la seguridad está precisamente en las libertades. Recomiendo la lectura del libro del catedrático de Filosofía del Derecho y Filosofía Política, don Javier de Lucas, “Decir no”.

En nuestro país se han prohibido las manifestaciones del 1 de mayo, día internacional del trabajo, por motivos de salud. Comentaba en mi blog de dicha fecha precisamente las decisiones de distintos tribunales, y en particular, cómo el Tribunal Superior de Justicia de Aragón había argumentado que desde el Gobierno se debía justificar la necesidad de la prohibición, indicando que no bastaba con prohibir la manifestación con base genérica en la crisis sanitaria que ha justificado la declaración de estado de alarma.

También comentaba que nuestro Tribunal Constitucional había inadmitido, el 30 de abril de 2020, el recurso planteado por otros convocantes de cierta manifestación, mediante un Auto, y cómo de la lectura de dicho Auto se desprende que no se ha realizado por el Tribunal Constitucional juicio alguno, con carácter general, sobre la incidencia del estado de alarma en los derechos fundamentales y las libertades públicas. El análisis debe hacerse caso a caso.

Ese día 1 de mayo de 2020, 127 abogados, profesores y catedráticos de Derecho firman un manifiesto por una gestión de la crisis sanitaria de la COVID-19 democrática y con derechos, titulado “Los derechos de la persona también son para las pandemias”,accesible aquí, que expresa el sentir de muchos juristas. Entre otras frases, leemos: “Es indiscutible la necesidad de proteger la salud pública, pero, al mismo tiempo, deben velar porque estas actuaciones no vayan más allá de lo estrictamente necesario para preservar la vida de las personas y su integridad física, y respeten los derechos fundamentales y libertades públicas, ejes básicos de un estado democrático”. Se refieren, pues, al necesario juicio de proporcionalidad de las medidas, del que yo también hablaba en mi post.

Desde entonces, se ha dicho y escrito mucho y el día a día es vertiginoso en cuanto a velocidad de las normas e información se refiere. Sin embargo, el avance en la lucha frente al ataque a nuestros derechos fundamentales se me hace lento. Y los máximos tribunales de nuestro país no resuelven.

Veinte días han pasado desde que el Tribunal Constitucional decidiera ni siquiera admitir a trámite el recurso formulado y ayer, 20 de mayo de 2020, la Sala de lo contencioso-administrativo del Tribunal Supremo, por su parte, en Auto que se puede leer aquí, se declara incompetente para conocer del recurso para la protección de los derechos fundamentales que había planteado cierto partido político, ante determinadas resoluciones por las que se prohibía la celebración de manifestaciones, previstas para el día 23 de mayo. A su juicio, es el Tribunal Superior de Justicia del territorio afectado el que se sitúa en mejores condiciones para valorar las circunstancias concurrentes en la manifestación pretendida y sopesar los intereses en juego. Será cada Tribunal Superior de Justicia el que deba examinar, en su caso, las denegaciones gubernativas del derecho de reunión, y de hecho, hoy se ha sabido que el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León ha declarado nulas las resoluciones de las Subdelegaciones del Gobierno que prohibían las manifestaciones convocadas el 23 de mayo mediante caravanas de vehículos. En definitiva, el Tribunal Supremo tampoco resuelve.

Por su parte, también ayer, 20 de mayo de 2020, el Fiscal de Sala Delegado para la especialidad contencioso-administrativa del Tribunal Supremo, don Pedro Crespo Barquero, emitía una comunicación dirigida a los fiscales superiores de las comunidades autónomas, fiscales jefes provinciales y de área y fiscales especialistas del orden contencioso-administrativo, disponible aquí, que contiene pautas interpretativas orientadas a asegurar la unidad de actuación del Ministerio Fiscal en relación con los derechos de reunión y manifestación.

El Fiscal recuerda que el Auto del Tribunal Constitucional de 30 de abril de 2020 dijo que la declaración del estado de alarma no permite la suspensión de ningún derecho fundamental y afirma que la vigencia del estado de alarma y/o la invocación del RD 463/2020 no constituyen por sí mismos justificación jurídica apta y suficiente para la prohibición o propuesta de modificación de una reunión o manifestación en los términos de los artículos 21.2 de la Constitución y 10 de la LO 9/1983. Y aunque ello es así, también lo es que la Constitución garantiza la integridad física de las personas y la protección de la salud.

A día de hoy, seguir pensando que la ciencia es pura y que la investigación biomédica es altruista, es algo irreal, y significa no tener en cuenta la diferencia entre oficialidad e infalibilidad, y no tener en cuenta los intereses económicos y comerciales que están en juego y que financian los estudios favorables a lo que a determinada industria conviene. Escuchen alguna ponencia de Teresa Forcades, doctora en salud pública y una auténtica autoridad en esta cuestión. Por eso, en mi humilde opinión y como observadora de todo lo que está aconteciendo en el mundo, considero que impedir, suspender o restringir indiscriminadamente los derechos fundamentales y las libertades públicas en nombre de la ciencia de la salud, es un ejercicio muy peligroso que debe ser muy bien sopesado, para no caer en la destrucción del Estado de Derecho y en la supresión de nuestras libertades.

Creo que, como afirma el Fiscal del Tribunal Supremo en su comunicación, la decisión del Tribunal Constitucional fue emitida en una fase de esta crisis sanitaria que ha ido evolucionando incesantemente, hasta el punto de que ya se ha iniciado el denominado proceso de desescalada, siendo notorio que asistimos a una paulatina flexibilización de las medidas de aislamiento y restricción de la movilidad.

Pero lamentablemente, tan socavados han estado nuestros derechos y libertades y tan frustrada, impotente y dolida se siente la ciudadanía que, a la vista de la violencia que en algunos casos se ha expresado en las calles, ahora la cuestión está más en la integridad física de las personas, que en prevenir riesgo de contagios.

Desde aquí, llamo a la resistencia no violenta, a la expresión pacífica de nuestras opiniones, a la unión entre los seres humanos, a evitar el enfrentamiento, y a reflexionar sobre esta idea de Rosa Luxemburgo, una mujer, marxista y pacifista, que fue asesinada cuando tenía mi edad: “La libertad sólo para los partidarios del gobierno, sólo para los miembros de un partido, por numerosos que ellos sean, no es libertad. La libertad es siempre libertad para el que piensa diferente”.

Salud y libertad

Salud y libertad

Hay muchos abogados en Madrid, pero pocos especializados en procedimientos y recursos frente a la Agencia Tributaria. No es lo mismo un abogado de divorcios que un despacho de abogados de Madrid que se dedique a problemas surgidos por la declaración de la renta o IRPF, por el impuesto de plusvalía, por el hecho de ser declarado responsable tributario, por haber sufrido una inspección de Hacienda y no saber cómo recurrir multa. Para cuestiones como una derivación de responsabilidad, la devolución plusvalía, el céntimo sanitario, es preferible un despacho abogados que se dedique en exclusiva a la materia tributaria. Como despacho de abogados ofrezco un servicio personalizado, accesible, cercano y profesional.

Derivación de responsabilidad | Impuesto de plusvalía | IRPF | Recurrir multa | Devolución plusvalía | Abogados en Madrid | Impuesto | Plusvalía ayuntamiento | Recurso de casación | Sanciones | Tribunal SupremoDespacho de abogados en Madrid | Abogada Majadahonda | Despacho de abogados de Madrid | Céntimo sanitario | Declaración de la renta | Plusvalía municipal | Abogados Majadahonda | Responsable tributario | Despacho abogados | Abogado de divorcios | Renta 2019 | Agencia tributaria | Hacienda | Declaración renta

5 comentarios en “Salud y libertad

  1. Enhorabuena por tu artículo…

    Resistencia no violenta … expresión pacífica de nuestras opiniones…

    Muy acertado

  2. Certera exposición la que haces; el sempiterno debate sobre cuáles derechos priman sobre otros, es siempre difícil de acometer.
    En tu planteamiento, a los fines y efectos de lo que pretendes trasladar, -reunión, manifestación, etc-, creo que dejas fundamentado que el de libertad es prioritario, sin olvidar el de la salud, pero siempre con la obvia salvaguardia de evitar enfrentamientos y violencia.
    Creo que es muy oportuna y acertada tu clarividente y esclarecedora reflexión.
    Felicidades
    Jaime

  3. Excelente reflexión sobre el siempre difícil equilibrio de derechos fundamentales en conflicto. Ante la trágica situación sanitaria vivida parece que muchos han querido privarnos arbitrariamente del ejercicio de parte de nuestros derechos, en lugar de buscar un equilibrio que nos permita ejercitarlos, por eso me cuestiono sobre si existe voluntad real en nuestros representantes de respetar las normas que nos hemos dado, o si prefieren retorcerlas hasta límites insospechados hasta ahora. Me quedo con esa resistencia no violenta que comentas, que nos hará más libres.

  4. Nuria, gracias por enriquecer estos momentos difíciles con una reflexión que sin duda reconforta el espíritu en estos difíciles momentos.
    Sobra decir que suscribo totalmente lo que expones e intento humildemente ejercer esa libertad dentro del mayor respeto a las personas y a las normas de convivencia fundamentales que tan claramente has descrito.
    Un abrazo fuerte y ánimo … ;o)

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *