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	Comentarios en: El TSJ de Madrid ante las ganancias por venta de participaciones	</title>
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	<description>Nuria Puebla Agramunt, procedimientos tributarios, plusvalía municipal, impuestos, agencia tributaria</description>
	<lastBuildDate>Fri, 15 Jul 2022 15:25:41 +0000</lastBuildDate>
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		<title>
		Por: Juan		</title>
		<link>https://www.nuriapuebla.com/blog/el-tsj-de-madrid-ante-las-ganancias-por-venta-de-participaciones/#comment-6038</link>

		<dc:creator><![CDATA[Juan]]></dc:creator>
		<pubDate>Fri, 15 Jul 2022 15:25:41 +0000</pubDate>
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					<description><![CDATA[Hola cómo ciudadano estoy en un procedimiento para tratar de dejar como Nula una decisión de hacienda sobre ganancia patrimonial de una vivienda.

Sin entrar en la valoración sobre la procedencia de la ganancia patrimonial, yo reinverti mi parte del divorcio en otra vivienda.

Lo trataré de anular por ser incompetente el organismo de comprobación limitada para tirar beneficios fiscales, sólo lo puede hacer desde inspección.

También los artículos de la renta que obligan a la venta de un inmueble dentro de los tres primeros años del divorcio, vulneran derechos fundamentales según las directrices europeas por discriminación por razón de sexo.

Por último en mi caso me tocó dedicar toda la liquidación del negocio de 26 años para pagar a la agencia Tributaria, los plazos para fraccionamiento en doce meses, en mi caso resultaron denegados y en cualquier caso son muy cortos .

Los embargos fueron confiscatorios pagando todos mis ingresos de la actividad y generando problemas económicos muy importantes, el artículo 32 de la Constitución dice que los impuestos no pueden resultar confiscatorios.

También encontré alguna consulta vinculante donde se anula la ganancia patrimonial por los ruidos que provocan la venta...
Tengo también otros razonamientos pero como ciudadano que desconocía todo esto ahora soy casi un experto al responder 150 notificaciónes de la agencia Tributaria muchas durante el estado de alarma...

Por último tengo la duda sobre la administración adecuada dentro de la misma provincia y de la decisión de la agencia Tributaria para mí exmujer para el mismo caso ya que me iniciaron cuando ella no reinvierte  su parte...]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>Hola cómo ciudadano estoy en un procedimiento para tratar de dejar como Nula una decisión de hacienda sobre ganancia patrimonial de una vivienda.</p>
<p>Sin entrar en la valoración sobre la procedencia de la ganancia patrimonial, yo reinverti mi parte del divorcio en otra vivienda.</p>
<p>Lo trataré de anular por ser incompetente el organismo de comprobación limitada para tirar beneficios fiscales, sólo lo puede hacer desde inspección.</p>
<p>También los artículos de la renta que obligan a la venta de un inmueble dentro de los tres primeros años del divorcio, vulneran derechos fundamentales según las directrices europeas por discriminación por razón de sexo.</p>
<p>Por último en mi caso me tocó dedicar toda la liquidación del negocio de 26 años para pagar a la agencia Tributaria, los plazos para fraccionamiento en doce meses, en mi caso resultaron denegados y en cualquier caso son muy cortos .</p>
<p>Los embargos fueron confiscatorios pagando todos mis ingresos de la actividad y generando problemas económicos muy importantes, el artículo 32 de la Constitución dice que los impuestos no pueden resultar confiscatorios.</p>
<p>También encontré alguna consulta vinculante donde se anula la ganancia patrimonial por los ruidos que provocan la venta&#8230;<br />
Tengo también otros razonamientos pero como ciudadano que desconocía todo esto ahora soy casi un experto al responder 150 notificaciónes de la agencia Tributaria muchas durante el estado de alarma&#8230;</p>
<p>Por último tengo la duda sobre la administración adecuada dentro de la misma provincia y de la decisión de la agencia Tributaria para mí exmujer para el mismo caso ya que me iniciaron cuando ella no reinvierte  su parte&#8230;</p>
]]></content:encoded>
		
			</item>
		<item>
		<title>
		Por: NuriaPuebla		</title>
		<link>https://www.nuriapuebla.com/blog/el-tsj-de-madrid-ante-las-ganancias-por-venta-de-participaciones/#comment-5876</link>

		<dc:creator><![CDATA[NuriaPuebla]]></dc:creator>
		<pubDate>Sat, 04 Jun 2022 17:59:59 +0000</pubDate>
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					<description><![CDATA[En respuesta a &lt;a href=&quot;https://www.nuriapuebla.com/blog/el-tsj-de-madrid-ante-las-ganancias-por-venta-de-participaciones/#comment-5874&quot;&gt;Rebeca&lt;/a&gt;.

Buenas tardes. Gracias por tu comentario. Estaría genial que compartieras tu sentencia cuando la recibas. En cuanto a tu pregunta, a mi clienta no le impusieron sanción. Buena tarde]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>En respuesta a <a href="https://www.nuriapuebla.com/blog/el-tsj-de-madrid-ante-las-ganancias-por-venta-de-participaciones/#comment-5874">Rebeca</a>.</p>
<p>Buenas tardes. Gracias por tu comentario. Estaría genial que compartieras tu sentencia cuando la recibas. En cuanto a tu pregunta, a mi clienta no le impusieron sanción. Buena tarde</p>
]]></content:encoded>
		
			</item>
		<item>
		<title>
		Por: Rebeca		</title>
		<link>https://www.nuriapuebla.com/blog/el-tsj-de-madrid-ante-las-ganancias-por-venta-de-participaciones/#comment-5874</link>

		<dc:creator><![CDATA[Rebeca]]></dc:creator>
		<pubDate>Fri, 03 Jun 2022 18:55:13 +0000</pubDate>
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					<description><![CDATA[Buenas tardes Nuria

Tengo un caso casi idéntico pendiente de sentencia prevista para el 14 de junio por el TSJ de Castilla la Mancha

Me puedes decir en tu caso que paso con la sanción? 

Gracias y un abrazo]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>Buenas tardes Nuria</p>
<p>Tengo un caso casi idéntico pendiente de sentencia prevista para el 14 de junio por el TSJ de Castilla la Mancha</p>
<p>Me puedes decir en tu caso que paso con la sanción? </p>
<p>Gracias y un abrazo</p>
]]></content:encoded>
		
			</item>
		<item>
		<title>
		Por: NuriaPuebla		</title>
		<link>https://www.nuriapuebla.com/blog/el-tsj-de-madrid-ante-las-ganancias-por-venta-de-participaciones/#comment-5723</link>

		<dc:creator><![CDATA[NuriaPuebla]]></dc:creator>
		<pubDate>Thu, 07 Apr 2022 13:45:31 +0000</pubDate>
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					<description><![CDATA[En respuesta a &lt;a href=&quot;https://www.nuriapuebla.com/blog/el-tsj-de-madrid-ante-las-ganancias-por-venta-de-participaciones/#comment-5722&quot;&gt;Jose Angel&lt;/a&gt;.

Suscribo todo lo que dices. Gracias. Seguiremos la lucha.]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>En respuesta a <a href="https://www.nuriapuebla.com/blog/el-tsj-de-madrid-ante-las-ganancias-por-venta-de-participaciones/#comment-5722">Jose Angel</a>.</p>
<p>Suscribo todo lo que dices. Gracias. Seguiremos la lucha.</p>
]]></content:encoded>
		
			</item>
		<item>
		<title>
		Por: Jose Angel		</title>
		<link>https://www.nuriapuebla.com/blog/el-tsj-de-madrid-ante-las-ganancias-por-venta-de-participaciones/#comment-5722</link>

		<dc:creator><![CDATA[Jose Angel]]></dc:creator>
		<pubDate>Thu, 07 Apr 2022 12:55:29 +0000</pubDate>
		<guid isPermaLink="false">https://www.nuriapuebla.com/?p=2996#comment-5722</guid>

					<description><![CDATA[Nuria,

Esta es la típica presunción que en manos de gestión se convierte en &quot;iuris et de iure&quot; por cuanto que no pueden revisar la contabilidad, y si esta  no arroja un resultado real de la compañía, no hay por donde atacarla...

Hay dos tipos de métodos de valoración, los estáticos y los  dinámicos... y en mi opinión, un negocio en funcionamiento siempre debería ser valorado por un método dinámico, porque el que compra lo hace porque quiere resultados futuros, no por lo que haya ganado el vendedor en el pasado... y el valor teórico contable es un método estático por antonomasia, pero el capitalizarte los resultados del pasado podríamos decir que es dinámico a medias, por cuanto lo que hay que mirar son los resultados del futuro...

En fin, que es una lástima que tengamos que estar hablando de estas cosas cuando, realmente, nadie sabe mejor cual es el precio que el transmitente, que sabe lo que quiere cobrar, y el adquirente que sabe lo que quiere pagar... y los arregla a ambos el mercado.

Si creen que hay vinculación o simulación, y ello ha alterado el valor normal de mercado, hay otros métodos diferentes que el aplicar de manera irreflexiva una fórmula que se me antoja incorrecta en muchas ocasiones para valorar empresas en funcionamiento...

Gracias por compartir!]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>Nuria,</p>
<p>Esta es la típica presunción que en manos de gestión se convierte en «iuris et de iure» por cuanto que no pueden revisar la contabilidad, y si esta  no arroja un resultado real de la compañía, no hay por donde atacarla&#8230;</p>
<p>Hay dos tipos de métodos de valoración, los estáticos y los  dinámicos&#8230; y en mi opinión, un negocio en funcionamiento siempre debería ser valorado por un método dinámico, porque el que compra lo hace porque quiere resultados futuros, no por lo que haya ganado el vendedor en el pasado&#8230; y el valor teórico contable es un método estático por antonomasia, pero el capitalizarte los resultados del pasado podríamos decir que es dinámico a medias, por cuanto lo que hay que mirar son los resultados del futuro&#8230;</p>
<p>En fin, que es una lástima que tengamos que estar hablando de estas cosas cuando, realmente, nadie sabe mejor cual es el precio que el transmitente, que sabe lo que quiere cobrar, y el adquirente que sabe lo que quiere pagar&#8230; y los arregla a ambos el mercado.</p>
<p>Si creen que hay vinculación o simulación, y ello ha alterado el valor normal de mercado, hay otros métodos diferentes que el aplicar de manera irreflexiva una fórmula que se me antoja incorrecta en muchas ocasiones para valorar empresas en funcionamiento&#8230;</p>
<p>Gracias por compartir!</p>
]]></content:encoded>
		
			</item>
		<item>
		<title>
		Por: Jaime		</title>
		<link>https://www.nuriapuebla.com/blog/el-tsj-de-madrid-ante-las-ganancias-por-venta-de-participaciones/#comment-5721</link>

		<dc:creator><![CDATA[Jaime]]></dc:creator>
		<pubDate>Thu, 07 Apr 2022 11:38:35 +0000</pubDate>
		<guid isPermaLink="false">https://www.nuriapuebla.com/?p=2996#comment-5721</guid>

					<description><![CDATA[Bueno es, Nuria, dar publicidad a situaciones como la que traes en tu nueva aportación: una vez más queda al descubierto la indefensión del sufrido contribuyente, ante la &quot;maquinaria y apisonadora&quot; de la Hacienda. De nada vale aportar pruebas, ni pericias objetivas, frente a la presunción de veracidad por parte de la Administración.
Gracias por tu nueva entrada]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>Bueno es, Nuria, dar publicidad a situaciones como la que traes en tu nueva aportación: una vez más queda al descubierto la indefensión del sufrido contribuyente, ante la «maquinaria y apisonadora» de la Hacienda. De nada vale aportar pruebas, ni pericias objetivas, frente a la presunción de veracidad por parte de la Administración.<br />
Gracias por tu nueva entrada</p>
]]></content:encoded>
		
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